¿Se puede contratar a un familiar en régimen general?

¿Se puede contratar a un familiar en régimen general?

Contratar a un familiar en régimen general es una práctica legal en España, pero está sujeta a una serie de requisitos y condiciones que deben cumplirse estrictamente. La legislación laboral establece que no puede existir una contratación ficticia ni relaciones laborales simuladas, por lo que es fundamental que esta contratación sea completamente justificada y ajustada a las normativas vigentes.

En muchas situaciones, contratar a un familiar puede ser una opción beneficiosa, ya que se trata de una persona en la que se confía plenamente y que conoce bien la dinámica de la empresa. Sin embargo, antes de proceder, es clave que el empresario entienda las implicaciones legales de esta decisión.

A lo largo de este artículo, te explicaremos cómo funciona la contratación de familiares bajo el régimen general, qué requisitos legales debes cumplir y qué consecuencias puede acarrear no hacerlo correctamente.

¿Es legal contratar a un familiar?

Sí, en España es completamente legal contratar a un familiar bajo el régimen general de la Seguridad Social. Sin embargo, esta legalidad está sujeta a varios condicionantes que aseguran que la relación laboral es real y no una simulación para obtener ventajas fiscales o laborales. La clave está en que el puesto de trabajo sea real, con funciones claramente definidas y un salario acorde al mercado.

La ley busca evitar que se utilicen contratos a familiares como un mecanismo para eludir ciertas obligaciones fiscales o de seguridad social, por lo que las inspecciones pueden ser frecuentes cuando se trata de familiares en una misma empresa. En este sentido, recibir asesoría profesional es fundamental. Por ejemplo, Candreu Expertos puede ayudarte a analizar si la relación laboral cumple con los requisitos legales y te orienta en la formalización correcta del contrato para evitar sanciones.

Requisitos para contratar a un familiar en el régimen general

Para que la contratación de un familiar sea válida y cumpla con todas las normativas, es necesario cumplir con una serie de requisitos:

  1. Puesto de trabajo real: El familiar debe ocupar un puesto real en la empresa, con tareas y responsabilidades definidas, como cualquier otro empleado. No debe existir ningún indicio de que se trata de una relación laboral ficticia.
  2. Salario acorde al mercado: El salario debe ajustarse a los parámetros establecidos en el sector para el tipo de trabajo realizado. Pagar menos o más de lo que dicta el mercado puede ser considerado una irregularidad y desencadenar una inspección.
  3. Alta en la Seguridad Social: El familiar debe estar dado de alta en la Seguridad Social como cualquier otro empleado, y cumplir con las mismas obligaciones laborales y fiscales.

Estos puntos son esenciales para evitar infracciones que puedan generar problemas a la empresa y afectar la relación familiar en el ámbito laboral.

Familiares que puedes contratar bajo el régimen general

No todos los familiares pueden ser contratados bajo las mismas condiciones. La normativa distingue entre aquellos que conviven con el empresario y los que no lo hacen, afectando la relación laboral y su inclusión en el régimen general.

  1. Familiares convivientes: Si el familiar vive con el empresario, la ley presume que no existe una relación laboral formal, sino que se trata de una «ayuda familiar». Esta presunción puede desvirtuarse si se demuestra que existe una verdadera relación laboral, con horarios, remuneración y funciones claramente definidas.
  2. Familiares no convivientes: Para familiares que no viven con el empresario, resulta más sencillo demostrar la existencia de una relación laboral real, ya que no se aplica la presunción de «ayuda familiar». En este caso, la relación laboral se rige por las normativas generales, siempre y cuando se cumplan las condiciones mencionadas anteriormente.

Es importante entender estas distinciones para evitar problemas legales en el futuro y asegurarse de que la contratación se realiza correctamente.

Diferencias entre contratar familiares convivientes y no convivientes

Como mencionamos antes, el factor de convivencia juega un rol fundamental en cómo se considera la relación laboral. Si el familiar vive en la misma residencia que el empresario, la ley puede presumir que no existe una relación laboral real y que la persona solo está ayudando en el negocio familiar. Para desvirtuar esta presunción, se debe demostrar que el familiar recibe una remuneración justa, tiene horarios establecidos y realiza tareas específicas que están claramente definidas.

Por otro lado, cuando el familiar no convive con el empresario, no hay esta presunción de ayuda, por lo que el proceso de demostrar la relación laboral es mucho más sencillo y no presenta los mismos retos legales.

En ambos casos, es recomendable contar con asesoramiento especializado para evitar errores en la contratación. Tal y como se menciona en la experiencia personal, es crucial que el familiar esté dado de alta en la Seguridad Social y cumpla con todas las obligaciones laborales y fiscales.

Consecuencias de no cumplir con la normativa en la contratación familiar

Si la Seguridad Social o la Inspección de Trabajo detecta que la contratación de un familiar es ficticia o que no cumple con los requisitos legales, las consecuencias pueden ser severas. Entre las sanciones más comunes encontramos:

  1. Obligación de regularizar la situación: Esto puede incluir el pago de las cotizaciones no realizadas y las penalizaciones por no haber inscrito correctamente al familiar en la Seguridad Social.
  2. Sanciones económicas: Dependiendo de la gravedad de la infracción, las sanciones pueden ser cuantiosas y afectar negativamente a la empresa.
  3. Perder bonificaciones o incentivos: Si la empresa se ha beneficiado de bonificaciones o incentivos por la contratación, podrían verse anulados si se demuestra que la relación laboral es ficticia.

Es fundamental cumplir con todas las normativas para evitar estos problemas y garantizar que la contratación del familiar sea completamente legal.

¿Qué pasa con los autónomos que contratan a familiares?

Los autónomos tienen unas reglas específicas para la contratación de familiares. Por ejemplo, si un autónomo desea contratar a un familiar directo, como su cónyuge, padres o hijos, podría darse el caso de que el familiar deba ser dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en lugar de en el régimen general.

Sin embargo, a partir de 2018, se permite que los autónomos contraten a sus hijos menores de 30 años bajo el régimen general si se cumplen ciertos requisitos. Esta es una opción beneficiosa para muchas familias, ya que facilita la incorporación de jóvenes a la empresa familiar sin las restricciones del RETA.

La importancia de un buen asesoramiento en la contratación familiar

Como hemos visto, la contratación de familiares en una empresa presenta varias consideraciones legales que deben tenerse en cuenta. Para evitar problemas, lo más recomendable es contar con asesoramiento especializado, como el que ofrece Candreu Expertos. Ellos pueden ayudarte a evaluar si la relación laboral cumple con los requisitos legales, a formalizar el contrato correctamente y a gestionar todas las obligaciones fiscales y laborales de manera adecuada.

En resumen, aunque contratar a un familiar puede ser una excelente opción, es esencial hacerlo con todas las garantías legales para evitar problemas futuros.

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