Ayudas para Empresas de Transporte

Con el Real Decreto Ley 20/2022 recientemente publicado, y con el objeto de paliar el efecto perjudicial ocasionado por el incremento del precio de los combustibles en las empresas dedicadas al transporte por carretera, se aprueba una ayuda extraordinaria y temporal para aquellas empresas que tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo para uso general utilizado como carburante en los vehículos que sean de su titularidad que figuren matriculados en España y que detallamos a continuación:

  • Vehículos de motor o conjunto de vehículos acoplados destinados al transporte de mercancías por carretera por cuenta ajena o por cuenta propia con peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas.
  • Vehículos de motor destinados al transporte de pasajeros de categorías M2 o M3.
  • Taxis

El importe de la ayuda asciende a:

  • 20 céntimos por cada litro de gasóleo utilizado como carburante en los suministros realizados entre el 1 de Enero y el 31 de Marzo de 2023.
  • 10 céntimos en los suministros realizados entre el 1 de Abril y el 30 de Junio.

Para obtener la ayuda es preciso que el pago del gasóleo adquirido se realice mediante las tarjetas gasóleo profesional reguladas en el procedimiento para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos que ya existía para estas empresas, teniendo la consideración de solicitud de ayuda la utilización de las tarjetas gasóleo profesional mencionadas como medio de pago para la adquisición del gasóleo.

La tramitación y pago de la ayuda se realizará forma simultánea con el procedimiento para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional; Al final de cada mes natural, la Administración calculará el importe de la ayuda y acordará el pago de la misma mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la empresa en la solicitud de inscripción en el Censo de beneficiarios de devoluciones por gasóleo profesional.

Al tratarse de una ayuda destinada a aquellas empresas que ya se benefician y tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos, previamente a la recepción de estas ayudas, las empresas solicitantes deben presentar las siguientes declaraciones responsables ante la Agencia Tributaria a partir del 31 de Enero de 2023, utilizando los formularios que ya están disponibles en Web de la Agencia Tributaria :

  • Declaración responsable de la empresa que solicita la ayuda en la que se indique que se ha visto afectada por las consecuencias económicas de la Guerra de Ucrania.
  • Declaración por escrito de cualquier otra ayuda recibida en aplicación del Marco Temporal Europeo Ucrania o del Marco Nacional Temporal.
  • Declaración por escrito identificando empresas vinculadas y asociadas.

Indicamos a continuación el enlace para acceder al sitio habilitado por la Agencia Tributaria para la presentación de las declaraciones responsables, siendo éste el único trámite a realizar por parte de las empresas que tengan derecho a esta ayuda por tener derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocaburos por el gasóleo de uso profesional.

 

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