¿Qué es una derivación de responsabilidad?
La derivación de responsabilidad es un procedimiento que utiliza la Administración tributaria para exigir el pago de deudas y sanciones pendientes no solo al deudor principal, sino también a terceras personas o entidades que, según la ley, puedan ser consideradas responsables.
Este procedimiento se aplica tanto a deudas tributarias (como el IVA o el Impuesto de Sociedades) como a deudas no tributarias (por ejemplo, sanciones administrativas), y tiene como objetivo garantizar que la Hacienda Pública pueda cobrar lo que se le debe, incluso si el obligado principal no paga.
Para que una persona o entidad sea considerada responsable, debe haber realizado actos u omisiones específicas recogidas en la Ley General Tributaria, o bien encontrarse en una situación legal que implique asumir la deuda (como en el caso de herederos o administradores de una empresa).
En Candreu Expertos analizamos cada caso de forma personalizada para determinar si existe base legal para la derivación, y en su caso, cómo recurrirla ante la AEAT.
Tipos de responsabilidad tributaria
Responsabilidad solidaria
La responsabilidad solidaria permite a la Administración reclamar directamente la deuda al responsable, sin necesidad de declarar previamente la insolvencia del deudor principal. Es decir, el responsable solidario puede ser requerido para pagar la deuda en cualquier momento una vez vencido el plazo voluntario de ingreso.
Los casos más habituales, recogidos en el artículo 42 de la Ley 58/2003 (LGT), incluyen:
- Quienes causen o colaboren activamente en una infracción tributaria.
- Partícipes o cotitulares de herencias yacentes o comunidades de bienes sin personalidad jurídica.
- Personas que sucedan en la titularidad de una actividad económica sin liquidar las deudas del anterior titular.
- Colaboradores en la ocultación o transmisión de bienes para eludir el pago a Hacienda.
- Personas que incumplan órdenes de embargo por culpa o negligencia.
- Depositarios o terceros que consientan en el levantamiento de bienes embargados, aun con conocimiento de la situación.
En estos casos, la Administración puede actuar directamente contra los responsables solidarios, sin esperar a que el deudor principal se declare fallido.
Responsabilidad subsidiaria
La responsabilidad subsidiaria solo se puede exigir cuando se haya probado la insolvencia del deudor principal (y de los posibles responsables solidarios). En este caso, la Administración actúa “en segundo lugar”, una vez agotadas las vías frente al obligado original.
Los supuestos más frecuentes están regulados en el artículo 43 de la Ley General Tributaria, y afectan a:
- Administradores de hecho o de derecho que no hubieran cumplido sus obligaciones tributarias.
- Administradores de empresas cesadas que dejaron deudas pendientes sin liquidar.
- Miembros de una administración concursal o liquidadores que no gestionaron correctamente las obligaciones fiscales.
- Compradores de bienes afectos al pago de deudas tributarias.
- Representantes aduaneros que actúan por cuenta de terceros.
- Empresas que subcontratan servicios sin retener o ingresar los tributos correspondientes.
- Personas físicas o jurídicas con control efectivo o dirección común sobre otras entidades obligadas al pago.
En todos estos casos, la responsabilidad se declara por medio de un procedimiento administrativo en el que el afectado puede ejercer su defensa.
¿Qué implica la sucesión en deudas tributarias?
La sucesión tributaria se produce cuando la Administración reclama el pago de deudas a los herederos o partícipes de una persona fallecida o de una entidad disuelta. No se trata de una responsabilidad por actos propios, sino de la continuación de la obligación de pago que tenía el contribuyente original.
Sucesión de personas físicas
Cuando fallece una persona física con deudas tributarias pendientes, estas se transmiten a sus herederos. Sin embargo, hay aspectos clave a tener en cuenta:
- Las sanciones tributarias no se transmiten nunca a los herederos.
- El heredero puede aceptar la herencia a beneficio de inventario o ejercer el derecho a deliberar antes de decidir si acepta.
- La Administración notificará a los herederos un requerimiento de pago por las deudas pendientes en el momento del fallecimiento.
Desde Candreu Expertos ayudamos a planificar y gestionar la sucesión fiscal para evitar sorpresas y proteger el patrimonio familiar.
Sucesión de personas jurídicas o entidades sin personalidad
En el caso de una empresa disuelta, extinguida o una entidad sin personalidad (como una comunidad de bienes), las deudas tributarias se transfieren a:
- Socios o partícipes, en función de si su responsabilidad está limitada o no por ley mercantil.
- Destinatarios de los bienes, en el caso de fundaciones u otras entidades.
- Personas o entidades beneficiarias en caso de que no se haya liquidado el patrimonio.
La Administración podrá reclamar el pago a cualquiera de ellos, simultáneamente o por separado. Las deudas se reclamarán en el estado en que se encontraban en el momento de la disolución, y se podrá interponer recurso si no se está conforme con el requerimiento.
¿Cómo actúa la Administración: fases del procedimiento?
El procedimiento de derivación de responsabilidad o sucesión tributaria sigue una serie de etapas formales que garantizan el derecho de defensa del afectado. A continuación, explicamos cómo se desarrollan.
Procedimiento de derivación de responsabilidad
Este proceso comienza con un acuerdo de inicio notificado por la Administración tributaria, que puede tramitarse por vía ordinaria o abreviada:
- Duración: El plazo general de tramitación es de 6 meses, sin contar interrupciones justificadas.
- Audiencia: Se otorga un plazo de 15 días para presentar alegaciones y documentación.
- Resolución: La Administración dictará un acuerdo de declaración de responsabilidad o archivará el expediente.
Con la notificación del acuerdo, se abre el plazo voluntario de ingreso, salvo que aún esté abierto el del deudor principal (en casos de responsabilidad solidaria).
Este procedimiento puede desarrollarse de forma independiente o paralela a un procedimiento de inspección frente al deudor principal.
Procedimiento frente a sucesores
En el caso de sucesión, la Administración notifica un requerimiento de pago a los herederos, socios o beneficiarios de los bienes. El tratamiento varía según el tipo de sucesión:
- Personas físicas: Las deudas se reclaman a los herederos. Si aceptaron la herencia, responden con los bienes heredados.
- Personas jurídicas: Los socios o partícipes responden según lo que hubieran recibido, y en función del tipo societario.
- Entidades sin personalidad: Se reclama a quienes resulten beneficiarios de los bienes o derechos.
El estado de la deuda no se modifica: se exigirá al sucesor en el mismo punto en que se encontraba al fallecimiento o disolución.
¿Qué hacer si recibes una notificación?
Si has recibido una notificación de derivación de responsabilidad o un requerimiento de pago como sucesor, dispones de varias opciones según tu situación y el contenido del acuerdo:
- Pagar la deuda: Puedes realizar el pago en periodo voluntario utilizando las cartas de pago facilitadas con la notificación. Si no las has recibido, se emitirán en un requerimiento posterior.
- Solicitar un aplazamiento o fraccionamiento: Si no puedes pagar en el plazo previsto, puedes acceder al procedimiento de aplazamiento a través de la opción “Pagar, aplazar y consultar deudas”.
- Presentar un recurso de reposición: Puedes impugnar el acuerdo ante el mismo órgano que lo dictó, explicando las razones por las que no estás conforme. El plazo es de un mes desde la notificación.
- Interponer una reclamación económico-administrativa: Alternativamente, puedes presentar una reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo, un órgano independiente de la AEAT.
En ambos casos deberás incluir:
- Nombre completo, NIF y datos del representante si corresponde.
- Número de expediente y fecha del acuerdo.
- Motivos de oposición al acto notificado.
- Firma, lugar y fecha.
En Candreu Expertos, nuestro equipo jurídico-tributario está especializado en procedimientos de derivación de responsabilidad y sucesión. Te ayudamos a defender tus derechos desde el primer momento.
Lo que debes tener en cuenta si te afecta una derivación
La derivación de responsabilidad tributaria y la sucesión en deudas fiscales son procedimientos complejos que pueden afectar a administradores, herederos, socios y terceros implicados en actividades económicas. Comprender las diferencias entre responsabilidad solidaria y subsidiaria, así como conocer tus derechos y obligaciones, es clave para evitar sanciones o pagos indebidos.
En Candreu Expertos, analizamos tu caso de forma personalizada y te acompañamos en cada fase del procedimiento, desde la recepción de la notificación hasta la presentación de alegaciones, recursos o solicitudes de aplazamiento.
Consulta nuestros servicios especializados para protegerte ante una derivación de responsabilidad o una reclamación de sucesión:
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