Las 4 clasificaciones de empresa que existen
Clasificación de las empresas atendiendo a su volumen de facturación y número de trabajadores empleados.
1. Microempresa. Son aquellos negocios con no más diez trabajadores y una facturación entre 0 y 2 millones de euros. Están incluidas en la misma categoría que las pymes.
2. Pequeña empresa. Están consideradas todas aquellas que cuentan con un número de trabajadores superior a 10 e inferior a 50, y facturan entre 2 y 10 millones de euros.
3. Mediana empresa. Son aquellas que tienen una plantilla entre los 51 y los 250 empleados. Además, su facturación tiene que superar 10 millones de euros, pero no ser inferior a los 50 millones de euros.
4. Gran empresa. Aquellas que superan los 250 empleados y los 50 millones de euros.
¿Cuándo pasa una pyme a ser una gran empresa?
Las sociedades o empresas con un volumen de negocio superior a los 6 millones de euros durante el año en curso pasarán a tener la condición de gran empresa, con efectos desde el 1 de enero del año siguiente.
Por ello, la primera de las obligaciones de la empresa cuando pasa de ser pyme a gran empresa es comunicar mediante el modelo 036 a la Agencia Tributaria su nueva condición, en el plazo de entre el 1 de enero y el 20 de febrero.
Las obligaciones fiscales y contables que tienen las pymes y las grandes empresas no son las mismas, desde el año 2017 estas empresas están obligadas al SII (Suministro de Información Inmediata) y por lo tanto deberán enviar los registros de facturas emitidas y recibidas.
También conlleva, entre otras cosas, que las autoliquidaciones 111 y 303 se tengan que presentar mensualmente en lugar de trimestralmente y los pagos fraccionados modelo 202, se calculan obligatoriamente sobre la base imponible del año en curso y no sobre la cuota íntegra de períodos anteriores.
Además, si el volumen de negocio supera el millón de euros tendremos que notificarlo a través del modelo 840 a la Administración durante el mes de diciembre posterior al año en que supere la cifra de negocio de 1.000.000 euros.
Obligación de una empresa de ser auditada
La empresa entra en la obligación de auditar sus cuentas anuales siempre que durante dos ejercicios consecutivos cumpla dos de los tres siguientes requisitos:
– El total de los activos supere los 2.850.000 de euros.
– El importe neto de la cifra de negocios supere los 5.700.000 de euros.
– El volumen de trabajadores durante el ejercicio supere los 50.
Desde 2016 los límites para poder formular Cuentas Anuales Abreviadas son los siguientes:
– Que el total de del activo no supere los 4.000.000 de euros.
– Que el importe neto de la cifra anual de negocios no sea superior a los 8.000.000 de euros.
– Que la cifra media de trabajadores empleados durante el ejercicio no supere los 50.
Navegar por estas obligaciones puede ser desafiante, pero con la orientación adecuada, tu empresa puede aprovechar al máximo este proceso de crecimiento. En Candreu Expertos, ofrecemos servicios de consultoría especializados para empresas en crecimiento. Desde el cumplimiento fiscal hasta la planificación estratégica, estamos aquí para ayudarte a superar los desafíos y optimizar tu rendimiento.